A research paper
from INCIPE

Updated 1999

J. Uxó, F. Olivié,
A. Liberal, A. Fernández,
J. Uxó, S.del Campo,
J. Salgado (coord..)
Estudios sobre Gibraltar
Ministerio de Defensa
e INCIPE, 1996
(reeditado en 1999)

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Research Paper

La Introducción editorial por Gibnet.com :

La mayoría de los documentos aquí presentar la vista del "problema" gibraltar / españa desde una de perspectiva. Aquí es una investigación, publicada por INCIPE

Our English translation

El Instituto de Cuestiones Internacionales y Política Exterior (INCIPE) es una fundación cultural privada, sin finalidad de lucro y reconocida por el Ministerio de Cultura (Orden Ministerial de 20 de Junio de 1988).

Fundada como Centro de Estudios de Política Exterior, en 1991 adopta su actual nombre después de la fusión con el INCI (Instituto de Cuestiones Internacionales, creado en 1979).

El INCIPE tiene por objeto básico la investigacion y el debate de los problemas de la política exterior española y las relaciones internacionales contemporáneas. La Fundación aspira a contribuir a un mejor conocimiento de estos problemas por la opinión pública española, y aboga por la defensa de los intereses nacionales de España en el mundo. El INCIPE mantiene una posición independiente de todo interés partidista o de grupo, e integra en su actividad a colaboradores y contribuciones de procedencias políticas y profesionales diversas.

El documento

7.4. CONCLUSIONES

Como resumen de todo lo expuesto en las dos partes que integran el presente capítulo sobre la solución del problema de Gibraltar, tanto en su aspecto teórico como operativo, se ofrecen las siguientes conclusiones.

1) El primer paso *indispensable* para resolver el problema de Gibraltar *como pasa con cualquier problema* consiste en formular su enunciado. El enunciado del problema, visto desde España está concebido en los términos

fundamentales siguientes:

* Recuperar la soberanía sobre el territorio de Gibraltar.

* Mediante negociaciones entre los dos gobiernos implicados.

* De acuerdo con las resoluciones de la ONU.

* Teniendo en cuenta los compromisos hispano-británicos sobre el contencioso y las propuestas presentadas por España.

* Satisfacer todos los intereses de las dos partes negociadoras.

* Atender con el máximo empeño a los intereses, aspiraciones y legítimos deseos de las dos poblaciones afectadas por el problema en el ámbito local: los habitantes del Peñón y los del Campo de Gibraltar.

2) Del análisis del enunciado se deducen las siguientes consecuencias que constituyen factores básicos de la solución:

* El Objetivo Principal para España es "Recuperar la soberanía sobre el territorio". Los demás objetivos son secundarios.

* Si no se alcanza este objetivo *aunque sea por etapas y en forma compartida o condicionada* el cáncer que representa la existencia de la colonia británica en suelo español seguirá existiendo y el problema no se habrá resuelto.

* Los compromisos hispano-británicos son, en concreto dos: el de Lisboa de 10-4-80 y el de Bruselas de 27-11-84.

* Las propuestas más recientes presentadas formalmente por España a Gran Bretaña para negociar el contencioso gibraltareño han sido dos: la denominada "Propuesta Castiella" de 18-5-66 y la más próxima conocida como "Propuesta Morán" de 5-2-85.

3) Del análisis de los intereses en presencia se deducen las consideraciones siguientes:

* Para España, aparte del interés supremo de recuperar la soberanía existen dos tipos de intereses secundarios: eliminar las consecuencias del expansionismo británico en el Peñón, especialmente sobre el istmo, y eliminar los llamados tráficos ilícitos (contrabando, droga, tráfico financiero irregular, etc.).

* Para Gran Bretaña el interés supremo se considera centrado *no en retener la soberanía* sino en asegurar la presencia estratégico-militar británica en la zona del Estrecho de Gibraltar y en el Mediterráneo. España debe respetar y asegurar ese interés británico de permanencia estratégicamilitar en el Peñón.

* Para la población de Gibraltar el interés supremo consiste en que les sea reconocida su condición de "pueblo gibraltareño" *ni británico, ni español* y, en consecuencia, al recuperar España la soberanía sobre el territorio de la Roca, la población gibraltareña gozaría de un régimen especial que garantizará, de acuerdo con sus legítimos deseos, sus derechos políticos, sociales, culturales, económicos, etc. Por imperativo jurídico internacional, de acuerdo con el Tratado de Utrech, el Reino Unido no puede ceder la soberanía a nadie, más que a España, por lo que ni España ni el Reino Unido pueden admitir

*ni de hecho admiten* la posibilidad de la autodeterminación ni la de la independencia. Todo lo demás es perfectamente admisible y negociable.

* Para la comunidad del Campo de Gibraltar el interés de mayor importancia puede concretarse en el establecimiento de una Autoridad Política en la comarca, con capacidad de representar a sus habitantes en sus relaciones con la comunidad gibraltareña y defender los intereses del Campo de Gibraltar, entre los que destaca la potenciación socioeconómica de esta zona que sufre una profunda depresión en su desarrollo económico y social.

4) El conjunto de los factores básicos deducidos del análisis del enunciado del problema de Gibraltar conduce a una síntesis que proporciona la solución teórica del problema en la forma siguiente: "La solución del problema de Gibraltar puede alcanzarse a través de un Nuevo, continuo y definitivo Proceso de Negociación entre los gobiernos británico y español que se debe abrir con una amplia y concreta propuesta española sobre todos los aspectos del problema, con el fin de llegar a establecer una Nuevo Tratado que sustituya al hoy vigente de Utrech en el cual se definan los términos en los que pueden darse satisfacción a los intereses de las partes implicadas: el interés español por recuperar la soberanía sobre el territorio de la hoy colonia británica, el interés británico por asegurar su permanencia estratégica-militar en dicho territorio y otras ventajas colaterales, las nuevas relaciones de cooperación entre España y el Reino Unido, el interés del pueblo de Gibraltar por gozar de un régimen político- económico y social específico en el marco de una forma adecuada de nacionalidad española, y el interés del pueblo del Campo de Gibraltar de elevar su nivel de desarrollo económicosocial y de cooperación con el pueblo gibraltareño".

5) El paso de la solución teórica a la solución operativa o práctica exige contar con una decidida voluntad política para dar este paso y emprender una serie de esfuerzos continuados y coordinados de diversos tipos. Sin voluntad política y también social y sin una firme disposición a emprender serios esfuerzos, España no alcanzará sus objetivos en la solución del problema gibraltareño.

* Los esfuerzos necesarios son de cinco categorías fundamentales: políticos, económicos, socio-culturales, estratégicos y diplomáticos.

* Para que el conjunto de estos esfuerzos sea eficaz es imprescindible coordinarlos lo cual sólo puede conseguirse haciendo que la dirección y la coordinación de la política sobre Gibraltar se asigne a un Organo de Dirección y Coordinación (O.D.C.) situado en la Presidencia del Gobierno. La ejecución de cada uno de los esfuerzos debe asignarse a los correspondientes Departamentos Ministeriales o Autoridades regionales que deberán contar con unos "Elementos Orgánicos Ejecutivos" (E.O.E.) adecuados a tal función. (Ver Anexo).

* En el aspecto operativo, la solución práctica del problema gibraltareño exige contar con una política y una estrategia sobre Gibraltar basadas en características de eficacia, que para la política podrían ser: Iniciativa, Transparencia, Participación y Buena Vecindad.

* La estrategia que ha de soportar dicha política para Gibraltar debe basarse en las características de eficacia siguientes: Persuasión, Continuidad y Previsión.

* Para garantizar la Previsión que evite toda improvisación se precisa contar con un Plan de Acción y Negociación sobre Gibraltar que deberá formular el previsto Organo de Dirección y Coordinación de la Presidencia del Gobierno.

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